El año pasado trajo cambios y transformaciones importantes en la industria de alimentos y bebidas, y esperamos lo mismo en 2022. A medida que los productores siguen sintiendo los efectos de los desafíos en la cadena de suministro y las demandas cambiantes de los consumidores, los equipos también enfrentan obstáculos únicos en cuanto a la conformidad normativa que deben superar.
Las áreas de enfoque para los fabricantes en 2022 incluyen garantizar la alineación con los parámetros de etiquetado biotecnológico, responder a las disposiciones temporales de etiquetado relacionadas con la COVID y tomar medidas a medida que el sésamo se convierta en un alérgeno. Para prepararnos para algunos de estos cambios significativos, hemos elaborado una lista de ‘requisitos de conocimiento’ con la ayuda de nuestros expertos en cumplimiento normativo de FlavorSum.
Comienza la divulgación nacional sobre alimentos modificados genéticamente
Desde julio de 2016, cuando el Congreso aprobó la Ley Nacional de divulgación de alimentos modificados genéticamente, los fabricantes de alimentos y bebidas se han preparado para incluir en los etiquetados información sobre los alimentos y ingredientes modificados genéticamente (BE). Con su implementación en 2020, o en 2021 para los pequeños fabricantes de alimentos, empresas grandes y pequeñas han estado trabajando para cumplir con la normativa de etiquetado con fecha efectiva el 1 de enero de 2022.
En 2018, el secretario de Agricultura de Estados Unidos, Sonny Perdue, anunció el Estándar Nacional de divulgación de alimentos modificados genéticamente (NBFDS). Este estándar, publicado por el Servicio de Comercialización Agrícola del USDA (AMS), garantiza que los fabricantes de alimentos tengan un estándar federal uniforme para la etiquetado y la comunicación con los consumidores sobre los alimentos modificados genéticamente. Los fabricantes de alimentos y bebidas utilizan este estándar para orientarse en cuanto a los ingredientes y la etiquetación, así como para obtener información sobre los métodos de validación y análisis.
La USDA define los alimentos biotecnológicos (BE) como aquellos que contienen material genético detectable que ha sido modificado mediante ciertas técnicas de laboratorio y que no pueden producirse mediante la reproducción convencional o que no se encuentran en la naturaleza. Los fabricantes pueden incluir la información sobre la etiquetado de los BE mediante texto, símbolo, enlace electrónico o digital, mensaje de texto o una combinación de formatos. El estándar establece excepciones especiales para los paquetes pequeños y muy pequeños y exenciones para ciertas materias primas mediante procesos de fabricación o perfeccionamientos.
“Con la entrada en vigor de la divulgación de la etiquetado, el USDA comenzará a monitorear los alimentos y bebidas en el mercado minorista para garantizar el cumplimiento”, afirma Gwen Buffinga, presidenta de Focal Alliance. Continua: “Además de realizar pruebas internamente, los fabricantes de alimentos y bebidas también pueden asociarse con proveedores que puedan proporcionar la documentación necesaria sobre el estado de la certificación de los insumos en la cadena de suministro del fabricante para garantizar que se sigan utilizando etiquetas conformes”.”
Cronología | Divulgación nacional sobre alimentos modificados genéticamente
- Julio de 2016: El Congreso aprobó la Ley Nacional de divulgación de alimentos biotecnológicos, ordenando al USDA que establezca una norma obligatoria nacional para divulgar información sobre los alimentos y los ingredientes biotecnológicos (BE), con el fin de promover la transparencia para los consumidores.
- Diciembre de 2018: Emisiones del AMS de la USDA Regla final para NBFDS.
- 1 de enero de 2020 (1 de enero de 2021 para los pequeños fabricantes de alimentos): Comienza la implementación del NBFDS.
- 1 de enero de 2022: La Ley Nacional de divulgación sobre alimentos modificados genéticamente entrará en vigor para los fabricantes de alimentos y bebidas.
Continúa la subvención temporal para etiquetado de COVID-19
Con el COVID-19 se introdujeron diversas medidas temporales del gobierno para mitigar los desafíos provocados por la pandemia. En el caso de los fabricantes de alimentos y bebidas, la FDA proporcionó un alivio temporal en las restricciones de etiquetado para mitigar algunos desafíos en la cadena de suministro.
A partir de mayo de 2020, cuando el mundo comenzó a sentir los efectos de la pandemia, los fabricantes de alimentos que hacían pequeños cambios en las fórmulas aún podían utilizar los etiquetados existentes. La orientación temporal permitía a los desarrolladores evitar importantes interrupciones en la producción cuando las interrupciones parecen ser la norma.
Entre los cambios menores permitidos se encontraban:
- El ingrediente es insignificante y se encuentra en menos del 2% de la fórmula.
- El ingrediente no es un ingrediente importante ni una fuente para una declaración nutricional en la etiqueta.
- El ingrediente no afecta al producto final en cuanto a función ni nutrición.
- El ingrediente sustituido por el ingrediente etiquetado no causa ningún efecto adverso para la salud.
- El ingrediente no es un ingrediente característico.
En octubre de 2021, la FDA extendió la medida temporal hasta enero de 2022. Esta medida permanecerá en vigor mientras el COVID-19 siga siendo clasificado como estado de emergencia. Si la medida finaliza en enero, los fabricantes de alimentos y bebidas tendrán que adaptarse a los desafíos de la cadena de suministro de diferentes maneras para garantizar que etiqueten correctamente los productos. Según Buffinga, las empresas que se preparan para el final de la medida temporal tienen dos opciones. Ella explica: “Si los fabricantes de alimentos y bebidas cambiaran los ingredientes debido a limitaciones en la cadena de suministro, tendrán que volver a su formulación anterior o garantizar que su etiquetado refleje los cambios que hayan realizado durante la medida temporal COVID.”
El sésamo se convierte en un importante alérgeno alimentario
Ocho de los principales alérgenos alimentarios son parte de Ley de etiquetado de los alimentos y protección del consumidor de 2004 (FALCPA). Estos principales alérgenos son la leche, los frutos secos, los huevos, los cacahuetes, el pescado, el trigo, los mariscos y la soja. Cuando se publicó la FALCPA, esta lista de alérgenos representaba el 90% de las alergias alimentarias y las reacciones alérgicas graves en los Estados Unidos. (FDA) Si un alérgeno importante designado se vende o se utiliza en un producto acabado, el fabricante debe etiquetar específicamente el nombre de la fuente de alérgeno alimentario en un lenguaje común. (FDA)
Las regulaciones sobre los alérgenos alivian los problemas para quienes padecen alergias y para quienes cuidan a personas con alergias. La FALCPA exige la etiquetación de la fuente alimenticia de un alérgeno importante de una de las tres formas siguientes:
- Listado directamente como el nombre completo del ingrediente:
- Soya Lecitina y Harina de trigo
- En paréntesis después del nombre del ingrediente:
- Lecitina (de soja) y Harina (de trigo)
- Inmediatamente después o junto a la lista de ingredientes en una declaración de “contiene”:
- Contiene soja y trigo
El 23 de abril de 2021, se promulgó la Ley de Seguridad, Tratamiento, Educación y Investigación sobre Alergias Alimentarias (FASTER), declarando al sésamo como el noveno alérgeno alimentario importante reconocido por los Estados Unidos. La aprobación de la Ley FASTER significa que el sésamo estará sujeto a los mismos requisitos de etiquetado de alérgenos establecidos por la FDA, al igual que los otros ocho alérgenos principales. Según el Journal of American Medical Association, se estima que 1,5 millones de niños y adultos pueden tener una alergia actual al sésamo.JAMA)
Para los fabricantes de alimentos y bebidas, agregar el sesamo a la lista de alérgenos tiene implicaciones más allá del cumplimiento normativo. “Cada vez que se agrega un alérgeno, se agrega complejidad a la cadena alimentaria porque no se está solo afectando la etiquetado, sino todo el proceso de fabricación”, dice Buffinga. Los proveedores deberán asegurarse de que sus instalaciones cuenten con las precauciones de seguridad y la etiquetado adecuados para mostrar esas salvaguardas.

Cronología | El sesamo como un gran alérgeno
- Agosto de 2004: La Ley de Etiquetado de Alérgenos Alimentarios y Protección del Consumidor de 2004 (FALCPA) se convierte en ley, estableciendo 8 alérgenos principales: leche, frutos secos, huevos, cacahuetes, pescado, trigo, mariscos y soja.
- Enero de 2006: El FALCPA entra en vigor, exigiendo que los alimentos estén claramente etiquetados para identificar cualquier uso de los ocho principales alérgenos.
- Abril de 2021: El Congreso aprueba la Ley de Seguridad, Tratamiento, Educación e Investigación en Casos de Alergia a Alimentos (FASTER), añadiendo el sesamo como el noveno alérgeno alimentario principal.
- Enero de 2023: FASTER entrará en vigor, exigiendo que los productos estén etiquetados para identificar el uso del sésamo.
Otros problemas regulatorios a tener en cuenta en 2022
La propuesta de orientación regulatoria introducida en 2021 que podría afectar a los fabricantes de alimentos y bebidas en 2022 incluye:
- En mayo, el Senado de los Estados Unidos presentó el Ley de Acceso y Seguridad de los Consumidores al Hemp de 2021. La legislación enmendaría la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FD&CA) y clasificaría el CBD derivado del cáñamo como ingrediente alimentario y suplemento nutricional. Actualmente, la FDA considera que el CBD derivado del cáñamo es un medicamento. Si se aprueba, la ley daría prioridad a la seguridad del consumidor, exigiendo a los fabricantes que cumplan con todos los reglamentos federales existentes para los productos que contienen CBD.
- La FDA tiene la intención de actualizar sus iniciativas de nutrición con un enfoque en la equidad sanitaria. La actualización se basará en La estrategia de innovación nutricional de la FDA que se lanzó en 2018 y enfatizará en la “etiquetación”.”
- La Comisión de Recursos Presupuestarios de la Cámara pidió una aclaración de la FDA sobre Etiquetado de productos a base de plantas Que utilicen términos relacionados con la leche. Modernizando los estándares de identificación, los productores pueden mantener la naturaleza básica y la integridad nutricional de los productos, al tiempo que permiten a la industria la flexibilidad necesaria para innovar y producir alimentos más saludables.
- La FDA envió en noviembre una Propuesta de Reglamento titulada “Reclamos sobre el contenido de nutrientes: definición del término: saludable” a la Oficina de Gestión y Presupuesto (OMB) para su revisión. La propuesta actualizaría la definición de la declaración implícita sobre el contenido de nutrientes “saludable”. La norma también revisaría los requisitos para cuando la declaración “saludable” pueda utilizarse voluntariamente en la etiquetado de los productos alimenticios destinados al consumo humano. La intención de la propuesta es garantizar que la declaración refleje la ciencia actual y las directrices dietéticas federales y ayude a los consumidores a mantener prácticas alimentarias saludables. Tras el examen de la OMB, que suele tardar hasta 90 días en completarse, la Propuesta de Reglamento podría ser publicada públicamente si no se necesitan cambios significativos.
Al enfrentar desafíos regulatorios, es esencial asociarse con proveedores de ingredientes que puedan apoyar estos esfuerzos. Asociarse con un proveedor de soluciones, como FlavorSum, puede garantizar la conformidad regulatoria y la velocidad de comercialización. Comunícate con un miembro del equipo de FlavorSum para ver cómo podemos dar inicio a su próximo proyecto.




